El Decreto Ley aprobado hoy busca, por un lado, facilitar el acceso de las entidades a los mercados para alcanzar mayores niveles de capitalización y, por otro, dotar a los órganos de gobierno de dichas entidades de una mayor profesionalización.
El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto Ley que adapta la normativa estatal en materia de Cajas de Ahorros, completando su marco normativo y aprovechando, de modo efectivo e inmediato, el conjunto de reformas introducidas por el Real Decreto Ley 11/2010 de modo que garantice la máxima seguridad jurídica en los procesos de reestructuración en marcha.
Castilla y León es la única Comunidad que ha de autorizar, con la nueva norma estatal reguladora de las Cajas de Ahorro, una fusión aprobada por los órganos de gobierno de las entidades implicadas; aprobación que tuvo lugar antes de la aparición del Real Decreto Ley estatal. Por tanto es imprescindible contar con un marco legislativo que aporte seguridad jurídica al entorno financiero.
El Decreto Ley aprobado por la Junta de Castilla y León recoge todas las novedades introducidas por la normativa estatal en cuanto a la capitalización de las Cajas de Ahorro, formas del ejercicio de la actividad y régimen de fiscalidad. Además dentro de la capacidad reguladora que le corresponde a Castilla y León se introducen cuestiones que desarrollan y amplían la norma estatal.
La regulación nacional establece que el ejercicio del cargo de miembro de los órganos de gobierno de una caja de ahorros será incompatible con el de todo cargo político electo así como para altos cargos de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas y la Administración Local, además, la reducción de la presencia pública (Cortes y Municipios) en los órganos de gobierno, se reduce un 10% y pasa a un 40%, a favor de impositores y Entidades de Interés General, donde se reserva un 5% al Consejo del Diálogo Social.
El Decreto Ley aprobado por el Gobierno Autonómico añade una regulación de conflicto de intereses que se extiende al Presidente, miembros del Consejo de Administración y la Comisión de control con retribución que supone la prohibición de operaciones vinculadas, es decir, la imposibilidad de mantener créditos, avales o garantías para el ejercicio de sus actividades profesionales o empresariales de la caja de la que forman parte o cualquier otra entidad participada por la Caja.
Una vez aprobado y publicado este Decreto Ley, las Cajas de Ahorros disponen de tres meses para proceder a la adaptación de sus Estatutos y Reglamentos, para ser posteriormente en el plazo de un mes aprobado por el Ministerio de Economía y hacienda o la Junta de Castilla y León. La constitución de la Asamblea General y de los demás órganos de las cajas se realizará dentro de los dos meses siguientes al de la aprobación de los Estatutos y Reglamentos de las cajas de ahorros.