Tras las protestas de los sectores implicados, las medidas extraordinarias para frenar la pandemia en Ávila, Palencia y Segovia entrarán en vigor el próximo domingo.
El Consejo de Gobierno aprobaba en la mañana de este jueves medidas adicionales al nivel 4 para las provincias de Ávila, Palencia y Segovia dada la alta incidencia epidemiológica en estos territorios anunciando el presidente de la Junta que entrarían en vigor en el mismo momento de su publicación en el BOCyL.
Ante la alarma creada en todos los sectores económicos implicados, que se veían una vez más golpeados por la falta de previsión e improvisación continua que golpea a sectores como el turismo, la hostelería o el comercio desde el mes de marzo, la Junta ha dado marcha atrás y poco antes de las 20:00 horas de este jueves comunicaba que las medidas extraordinarias “entrarán en vigor a partir de las 00.00 horas del próximo 10 de enero, atendiendo a la solicitud de los sectores afectados para disponer de margen para organizar sus equipos de trabajo y funcionamiento de sus establecimientos”.
Durante las primeras horas de la tarde se han vivido horas de incertidumbre en miles de establecimientos de restauración así como en bares y tabernas. Los autónomos que regentan bares y restaurantes intentaban resolver la vuelta a los ERTE al tiempo que sacaban de las cámaras frigoríficas los productos perecederos acumulados durante los últimos días.
Al final, las empresas hosteleras tendrán un respiro de dos días para intentar controlar unas pérdidas que ya son millonarias tras los desastres ocasionados por una gestión gubernamental que únicamente ofrece unos créditos que no pueden pagar.
Medidas para Segovia, Ávila y Palencia
Las medidas establecidas son: la prohibición del consumo en el interior de los establecimientos de hostelería, el cierre de las grandes superficies comerciales, así como el de las instalaciones y centros deportivos para la realización de actividad física que no sea al aire libre.
Las medidas extraordinarias que se aplicarán en Ávila, Palencia y Segovia pasan por la clausura del interior de la hostelería y restauración, salvo en lo que se refiere a comida para llevar y servicio a domicilio, manteniendo las terrazas exteriores con el cumplimiento estricto de medidas de aforo y seguridad, así como las excepciones para restaurantes de hoteles y otros alojamientos turísticos para sus clientes, los centros sanitarios y sociales, los centros de trabajo y de gasolineras.
En segundo lugar, cierre de las grandes superficies comerciales. Se mantendrá abierto el comercio minorista, con las medidas de higiene y seguridad recomendados y una especial vigilancia y exigencia en el cumplimiento de los aforos.
Se procederá también al cierre de instalaciones y centros deportivos para la realización de actividad física que no sea al aire libre, salvo para la práctica de la actividad deportiva oficial. En todo caso queda prohibida la asistencia de público a eventos deportivos que no sean al aire libre. Se establece también el cierre de salas de juego y apuestas.
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