Con las nuevas medidas decretadas en Castilla y León, se adelanta el toque de queda a las 20 horas, se encierra a los habitantes dentro de los límites de cada provincia y se limitan los derechos de reunión y de culto.
El presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, se ha reunido hoy vía telemática con los alcaldes de municipios de más de 20.000 habitantes y los presidentes de las diputaciones provinciales, “a quienes ha trasladado la necesidad de dar un paso más en la lucha contra la pandemia, adoptando una serie de medidas más restrictivas para las personas, dada la situación muy grave y excepcional en la que se encuentra la Comunidad”, asegura la Junta en una nota de prensa.
Mañueco ha avanzado “la necesidad de proceder a la limitación de la entrada y salida de personas del territorio de cada una de las provincias de Castilla y León, salvo para todos aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos exceptuados”. Entre los desplazamientos justificados, figuran la asistencia a centros y servicios sanitarios, el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales y legales, la asistencia a centros universitarios y educativos o el retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
Se endurece el toque de queda
Con el fin de reducir la movilidad de las personas lo más posible, se decreta una nueva limitación del comienzo y finalización de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, el “toque de queda”. Así, la Junta ordena en todo el territorio de la comunidad autónoma las 20.00 horas para el comienzo del toque de queda para las personas en horario nocturno, cuya finalización seguirá siendo las 6.00 horas.
Con el endurecimiento de las medidas del “estado de excepción” al que está sometida toda la población, durante las horas comprendidas en el toque de queda las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de usos público para la realización de las actividades autorizadas previstas en el Real Decreto 926/2020 sobre el estado de alarma, así como para la asistencia a la actividad lectiva presencial de los centros docentes.
Este acuerdo se adopta en virtud del propio Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaraba el estado de alarma sin control parlamentario. Con el tercer decreto sobre el estado de alarma, el gobierno delega la autoridad al presidente de cada comunidad autónoma que podrá, “en su ámbito territorial, y a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales y económicos, modular, flexibilizar y suspender el alcance y ámbito territorial de dicha medida”.
Supresión de la libertad de reunión
En tercer lugar, el presidente de la Junta ha anunciado “la limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados a un número máximo de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes”. Con esta supresión de derechos fundamentales se espera reducir “de manera muy significativa la movilidad e interacción social”. Esta medida, según asegura el mando único, “no afecta a la confluencia de personas en instalaciones y establecimientos abiertos al público que cuenten con un régimen específico de medidas de prevención y control aprobado por la autoridad sanitaria, ni tampoco a las actividades laborales ni institucionales”.
Limitación de la libertad de culto
Ademas de restringir la libertad de reunión, también se reducirá en toda la Comunidad el aforo para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos, de manera que no se supere un tercio de su aforo, con un máximo de 25 personas.
A partir del sábado
Estas medidas serán efectivas desde 20.00 horas de mañana sábado 16 de enero, y tendrán como duración el propio estado de alarma, sin perjuicio de que las mismas puedan ser moduladas, flexibilizadas o suspendidas por el presidente de la Junta de Castilla y León en virtud de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad.
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