La Junta de Castilla y León convoca ayudas de hasta 400 euros para adaptar instalaciones y receptores vía satélite afectados por el apagón de la TDT en formato SD.
La Junta de Castilla y León ha anunciado la convocatoria de una línea de ayudas dirigida a los residentes del medio rural afectados por el apagón de la TDT en formato estándar (SD) establecido por el Gobierno de España el pasado 14 de febrero. La consejera de Movilidad y Transformación Digital, María González Corral, ha destacado que estas subvenciones, que pueden alcanzar hasta los 400 euros por vivienda, tienen como objetivo ayudar a los ciudadanos a adaptar sus instalaciones y receptores para recuperar este servicio.
Las ayudas están destinadas a aquellos ciudadanos que residen en zonas de Castilla y León donde acceden al servicio de televisión digital vía satélite. Cubren los gastos relacionados con la adquisición de nuevos decodificadores, así como la instalación de antenas parabólicas y el cableado necesario para recibir correctamente la señal en formato de alta calidad (HD). Es importante destacar que estas acciones deben haberse llevado a cabo entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2024.
Para poder beneficiarse de estas ayudas, se requiere que la compra o contratación se realice a través de un distribuidor autorizado, cuyo listado está disponible en el portal nacional SAT TDT. Esto garantiza que las instalaciones se realicen dentro de las zonas con carencias de cobertura de TDT y que los receptores sean homologados por la plataforma nacional, validando y activando previamente su número de serie.
Las solicitudes pueden realizarse de forma electrónica conforme al modelo normalizado que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (Tramita Castilla y León) y también podrán formalizarse presencialmente en cualquiera de los registros y lugares previstos en la normativa, hasta el próximo 30 de junio de 2024.
También se podrán presentar de forma presencial en cualquier registro o lugar previsto en la normativa hasta el 30 de junio de 2024. Es necesario adjuntar el NIF/NIE en vigor, el certificado de empadronamiento (si no se desea que la Administración lo obtenga directamente), la factura de pago y el documento acreditativo del mismo junto con la solicitud.
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