El conductor fue sometido por la Guardia Civil de Tráfico a la prueba de detección de drogas dando positivo a una de las sustancias analizadas.
El hecho fue cometido en la madrugada del día 2 de septiembre en el km. 5,250 de la carretera de circunvalación de Segovia SG-20, y el conductor arrojó una tasa de alcohol en aire espirado de 1,01 y 1,03 mg/l.
La Guardia Civil ha investigado a un hombre de nacionalidad española, de 56 años, como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial, por conducir superando las tasas de 0,25 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado (infracción y delito, respectivamente), y por conducir bajo la influencia de sustancias psicotrópicas, tras ser detectado por los componentes de un Equipo de Atestados del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Segovia, cuando circulaban patrullando por la SG-20.
Circulando en zig-zag
El conductor fue detectado cuando realizaba una circulación irregular, haciéndolo en zig-zag en la madrugada del sábado al domingo.
Una vez detectada la circulación del vehículo en estas condiciones y tras ordenar su detención, los componentes de la patrulla apreciaron que el conductor presentaba signos evidentes de la influencia de la ingesta de alcohol en su comportamiento, y por tanto en su capacidad para la conducción del vehículo, por lo que fue sometido a la prueba de alcoholemia en la que arrojó un resultado de 1,01 y 1,03 mg/l de aire espirado.
Además, el conductor fue sometido a la prueba de detección de presencia drogas en el organismo, dando resultado positivo en anfetaminas.
Tras instruir las correspondientes diligencias por el delito descubierto, fueron remitidas al Juzgado de Guardia de Segovia.
La ingesta de bebidas alcohólicas influye en el conductor de un vehículo con la disminución de la capacidad sensorial, de reflejos y de atención en la conducción, desvirtuando la percepción de la realidad, determinando una conducción inapropiada y creando un concreto peligro para la vida propia y del resto de los usuarios de la vía, aumentando exponencialmente la posibilidad de sufrir un siniestro vial.
El artículo 379.2 del Código Penal castiga con pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas, y en todo caso al que al que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0.60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1.2 gramos por litro.








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