El Ministerio de Fomento ha decretado los servicios mínimos en el ámbito de su competencia para las jornadas de huelga promovidas por la Generalidad de Cataluña.
La jornada de huelga, que en realidad es un cierre patronal promovido desde hace dos semanas por el gobierno de la Generalidad, está convocada desde las 00:00 horas del 2 de octubre hasta las 24:00 horas del 3 de octubre.
Los servicios mínimos se han fijado para Puertos del Estado, Aena, Enaire, Adif, Renfe, transporte terrestre, carreteras y autopistas.
Aena y Enaire
Por lo que respecta al transporte aéreo, los aeropuertos afectados son el de Barcelona-El Prat, Reus, Girona-Costa Brava y Sabadell, así como el Centro de control aéreo de Enaire en Gavà (Barcelona).
Las ocupaciones a turnos son las afectadas: bomberos, técnicos de operaciones, mantenimiento, sanidad, ejecutivos de servicio, personal de terminal, etc.). Se establecen puestos de trabajo a cubrir.
En el caso de Aena, los servicios mínimos decretados son del 23% para los centros de trabajo de Barcelona, del 29% en Girona, del 34% en Reus y del 56% en Sabadell. En su conjunto, los servicios mínimos decretados son del 25%.
Por lo que respecta a las compañías aéreas y agentes de 'handling', se establecen los siguientes servicios mínimos:
100% de servicios que hayan comenzado antes de la huelga, aunque acabe el vuelo en día de huelga
100% de servicios domésticos con origen o destino en territorios no peninsulares (hecho insular)
50% de servicios de rutas con ciudades cuyo medio de transporte alternativo suponga viajar 5 horas o más
25% si el medio alternativo de transporte supone viajar menos de 5 horas
50% para rutas que conecten con ciudades extranjeras
100% de vuelos de servicios postales o productos perecederos si solo son de carga
100% de tareas de mantenimiento de servicios esenciales y operaciones técnicas de posicionamiento y tareas auxiliares necesarias y todos estas para los vuelos del día siguiente
100% de servicios relacionados con el transporte aéreo y que sean de emergencia, ambulancia, antiincendios, etc.
En el ámbito de la limpieza, con carácter general, se ha establecido el 50% para limpieza y asepsia de aviones, 50% de limpieza de dependencias técnicas y operativas y aseos públicos, y el 25% cuando se trate de limpieza de la terminal (zonas públicas interiores).
En el caso de asistencia de pasajeros con movilidad reducida, se han fijado unos servicios mínimos del 100%, mientras que, en el caso de la restauración (sólo en zonas restringidas), se han establecido en un 30%.
Aena recomienda a los pasajeros que consulten con su compañía aérea antes de dirigirse al aeropuerto y planifiquen su traslado al mismo, teniendo en cuenta la posible repercusión en los distintos medios de transporte.
Renfe
En el caso de Renfe, se debe tener en cuenta que el Ministerio de Fomento no fija los servicios mínimos para Cercanías de Cataluña ni servicios ferroviarios de transporte de viajeros sobre la red de ancho ibérico de la red ferroviaria de interés general íntegramente desarrollada por Cataluña. En ambos casos los fijan los órganos competentes de la Generalitat.
Así, en trenes de media distancia, los servicios mínimos se fijan en un 65%; en trenes de alta velocidad/larga distancia del 76%; en trenes de mercancías del 20%; en trenes talleres, trenes grúa, y brigada de socorro del 100% sin restricciones.
De 637 trenes AVE-larga distancia que podrían estar afectados por la huelga, circularán en servicios mínimos 486, el 76% del total, hasta el próximo día 9.
Para el personal de centros de gestión de operaciones, información, gestión, estaciones, gestión y seguimiento de mercancías y de incidencias en fabricación y mantenimiento, se establecen por estaciones y puesto.
Los viajeros con billetes adquiridos con antelación por los servicios afectados por la huelga pueden solicitar su cambio o reembolso sin coste adicional en estaciones y agencias de viaje. Los usuarios pueden obtener información detallada en el teléfono 912 320 320 y en la web de Renfe.
Puertos
Las convocatorias de huelga afectan a los puertos de Barcelona y Tarragona, estableciéndose los siguientes servicios mínimos:
Vigilancia, control y seguridad necesarios para garantizar el 50% de los accesos de entrada y salida disponibles, así como para garantizar la seguridad en las instalaciones portuarias.
Imprescindibles para garantizar el desarrollo normal de tráfico de pasajeros y vehículos en régimen de pasaje en servicios mínimos de marina mercante (transporte marítimo) y además, deberán quedar garantizados los servicios al resto de buques que hagan escala en el puerto.
El personal mínimo imprescindible para garantizar el desarrollo de las operaciones que afecten a mercancías peligrosas, incluida la estiba, y desestiba, cuya permanencia en el puerto pueda representar un riesgo grave para personas o instalaciones. Asimismo, el personal imprescindible de estiba y desestiba para el movimiento de cargas o urgencias por contingencias imprevistas.
Los servicios de practicaje, remolque, amarre, estiba y desestiba necesarios para garantizar los servicios mínimos del transporte marítimo y aquellas situaciones de emergencia o siniestros.
De señalización marítima y sistemas de ayuda a la navegación al 100%.
Personal imprescindible de mantenimiento para la adecuada realización de los anteriores servicios.







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