El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha modificado la condena a la madre del menor, a quien una sentencia, tras un juicio con Jurado, había condenado a 33 años y cinco meses de prisión.
La Sala, con el voto particular de un magistrado, la considera cómplice por omisión y no autora del asesinato, le retira el agravante de parentesco y anula el delito de lesiones para ella y su entonces pareja, que tendrá que volverse a juzgar sin Jurado
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha estimado parcialmente los recursos presentados por las defensas de los dos acusados por el asesinato de un niño de 20 meses en Oviedo, que apareció dentro de una maleta en un apeadero del tren de la capital en 2014.
El Tribunal ha modificado la condena a la madre del menor, a quien una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, tras un juicio con Jurado, había condenado a 33 años y cinco meses de prisión como autora por omisión del asesinato del menor, entre otros delitos. La Sala, en una resolución de la que ha sido ponente el magistrado José María Alvarez Seijo, ha reducido la pena de la madre, a la que ahora se le imponen 20 años y tres meses, declarándola cómplice por omisión y no autora, retirándole el agravante por parentesco y ha declarado nula la condena por lesiones para ella y su entonces pareja, a quien se le confirma la condena como autor material, por lo que que deberán someterse de nuevo a juicio por dicho delito, pero esta vez con un tribunal técnico sin jurado.
Uno de los magistrados de la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJA, Ángel Aznárez Rubio, adjuntó en la sentencia un voto particular mostrándose partidario de la repetición del juicio por defectos de forma. El magistrado señala, entre otros argumentos, que el objeto del veredicto aprobó tanto lo propuesto por la Fiscalía como lo propuesto por la acusación particular "en hechos divergentes e incompatibles".
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